El Administrador Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Dr. Ricardo
Echegaray reglamentó los requisitos y procedimientos para la
incorporación de nuevos controladores fiscales que permitirán la
transmisión de datos de interés fiscal de forma remota, automática,
inmediata y periódica con las bases centrales de la AFIP.
A
través de la Resolución General 2.676 la AFIP prevé que los nuevos
equipos estarán provistos de una memoria no volátil, inalterable e
inaccesible por el responsable, que almacenará el detalle y los totales
de las operaciones realizadas.
Los nuevos controladores fiscales
permitirán el ahorro de papel y de almacenamiento de las cinta testigo,
que en la actualidad los comercios deben conservar por cinco años.
Además se sistematizan los trámites relacionados con la gestión de
controladores fiscales y también se agiliza el proceso de revisión
mediante inspecciones virtuales.
El recambio de los
controladores fiscales forman parte de una serie soluciones
tecnológicas tomadas por la AFIP que buscan agilizar y simplificar las
operaciones comerciales, como así también optimizar los tiempos de
fiscalización, destacó Echegaray.
Aprovechando la última
tecnología disponible, la AFIP ha lanzado una batería de medidas entre
las cuales se encuentran la emisión de la factura electrónica para las
operaciones de exportación y para los seguros de caución; la
incorporación de la firma digital para los contratos de compraventa de
granos. Además se prevé la creación del programa de trazabilidad fiscal
de ganado bovino.
A partir del 14 de septiembre, los
contribuyentes y responsables deberán solicitar la habilitación de
controladores fiscales. Las altas de los nuevos equipos y las
modificaciones de datos podrán realizarse a través del sitio web de la
AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando con Clave Fiscal al servicio de
Gestión de Controladores Fiscales.
Aquellos contribuyentes y
responsables obligados a la utilización de controladores fiscales y
quienes hubieran optado por el uso de los mismos deberán reempadronar
los equipos a partir del 14 de septiembre y tendrán tiempo hasta el 16
de octubre, inclusive. La norma emitida por la AFIP prevé además que
todos aquéllos equipamientos -tanto controladores e impresoras
fiscales- que no hayan sido reempadronados, quedarán inhabilitados a
partir del día 17 de octubre del 2009.